Sabías que la UNSa cuenta con un...

Protocolo de intervención institucional ante situaciones de discriminación y/o Violencia de Género en la Universidad?

¿Qué es el protocolo?

Es una herramienta de intervención institucional ante situaciones de discriminación y/o violencia de género creado 2019 por nuestra Universidad. A partir del Protocolo se crea la Comisión de Abordaje de las Violencias de Género de Rectorado integrado por un equipo interdisciplinario. 

Podés acceder al protocolo a través del siguiente link: Resolución -CS-500/19

El Protocolo

¿El protocolo considera a todas las personas de la Universidad?

Esta herramienta está disponible para integrantes de la comunidad universitaria como estudiantes, docentes, investigadorxs, personas contradatas y nodocentes que atraviesen o hayan atravesado situaciones de discriminación y/o violencia por motivo de género en cualquier ámbito de la UNSa

¿Cuál es el objetivo principal del protocolo?

Tiene como objetivo garantizar en la Universidad un ambiente libre de discriminación y/ o violencia por motivos de género promoviendo condiciones de igualdad y equidad de trato y oportunidades.

¿Qué trabajo realiza la Comisión para el abordaje de las violencias de género?

Sus acciones se enfocan en el asesoramiento, asistencia,  acompañamiento legal, psicológico y social a las personas que vivieron y/o viven situaciones de violencia y discriminación por motivo de género, en el ámbito de la universidad, desde una mirada interdisciplinaria.

Como así también en promover acciones de prevención, sensibilización y concientizacion sobre discriminación y violencia por motivo de género. 

¿Qué tipos y modalidades de violencias se enmarcan en el Protocolo?

Podes acercarte a la Comisión de Abordaje de Violencia a consulta sobre cualquier situación de discriminación y/o violencia por motivos de género que te afecten, o de la que hays tomado conocimiento,  en el desarrollo de tus actividades en el ámbito universitario, ya sean en el espacio de estudio, de investigación, laboral, etc.  

Las violencias pueden expresarse a través de las siguientes formas: física, psicológica, sexual, económica o simbólica que se desarrollen en el ámbito de la Universidad o a través de medios virtuales; como situaciones de  violencia institucional, etc.

¿Al acercarse al espacio de atención queda radicada una denuncia?

Solicitar asesoramiento o realizar una consulta no implica necesariamente hacer una denuncia, ésto puede ser una instancia para conversar y aclarar dudas y construir estrategias de intervención más adecuadas. Las acciones se llevan a cabo con el consentimiento de la persona consultante.

¿La consulta o asesoramiento es gratuito?

El asesoramiento es gratuito y comprende la intervención y abordaje que sea necesario realizar siguiendo las rutas pertinentes si la persona decide formalizar denuncia. Se trabaja con los principios rectores del Protocolo entre los que se encuentran: respeto y confidencialidad, no-revictimización, abordaje integral, etc.

¿Cómo es el procedimiento de actuación si decido realizar una denuncia?

Cada estrategia de intervención es particular según el tipo de situación de violencia por motivo de género, se construye entre el equipo técnico y quien se acerca a consultar. 

Se realiza una primera entrevista, de carácter interdisciplinario y confidencial,  para interiorizarse sobre la situación, analizar posibles intervenciones y caminos a seguir según el caso. Se elaboran sugerencias de abordaje y se trabaja en articulación con diferentes áreas de la Universidad pertinentes.

Algunas orientaciones de interés

El acoso sexual es una conducta no deseada de naturaleza sexual, que hace que la persona se sienta ofendida, humillada y/o intimidada.

La OIT y la CEDAW identifican el acoso sexual como una manifestación de la discriminación de género y una forma específica de violencia contra las mujeres. Esta es una violación de los derechos fundamentales de las personas en diferentes ámbitos como los educativos, laborales, sanitarios, desportivos, etc., que afectan mayormente la integridad psicológica y salud física de niñas, adolescentes, mujeres y personas de la diversidad.

  • Si te realiza invitaciones inapropiadas o insistentes.
  • Si te incomoda con miradas insistentes o inapropiadas.
  • Proximidad o contacto físico sin consentimiento.
  • Si te sigue de manera insistente.
  • Si se presenta sin invitación a tus espacios de trabajo, estudio o domicilio.

Es una manifestación de violencia de género que ocurre en espacios públicos y es ejercida, en la mayoría de los casos, por desconocidos. Se manifiesta a través de miradas que incomodan, silbidos, comentarios de contenido sexual, tocamientos, roces y exhibicionismo, invadiendo el espacio personal y generando miedo e incomodidad. Es importante recordar que el acoso callejero no tiene relación con la ropa que usas ni con tu apariencia física. Tienes derecho a transitar los espacios públicos, de manera segura, sin miedos y sin violencias.

La Ley N°27.736, sancionada en octubre de 2023, tiene por objetivo el proteger los derechos digitales, así como el acceso, la permanencia y desenvolvimiento en el acceso digital. E incorpora el respeto de la “dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales”. Y amplia las modalidades de violencias presentes en la Ley N° 26.485.

Aquella cometida, instigada o agravada “con asistencia, utilización y/o apropiación de las tecnologías de la información y la comunicación, con el objeto de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales tanto en el ámbito privado como en el público.”

Contempla medidas de protección que puede dictar la justicia, entre ellas ordenar a las plataformas digitales que quiten los contenidos que generen violencia.

  • llamar con insistencia para conocer la ubicación
  •  solicitar fotos para comprobar que se esté donde se dice estar
  • pedir las contraseñas/claves personales 
  • controlar y revisar con quiénes nos relacionamos en redes
  • prohibir amistades en redes sociales
  • pedir la geolocalización
  • censurar contenidos que se publican en redes sociales
  • revisar el celular, entre otras.

Es difundir de forma pública material íntimo sin consentimiento con la intención de dañar o exponer a una persona públicamente. A través de imágenes o videos íntimos difundidos mediante cualquier tipo de medio social donde se comparte información.

En muchas situaciones de difusión pueden considerarse distintos delitos que sí están tipificados, como extorsión, robo de información, amenazas, entre otros. En estos casos se puede recurrir a una solicitud de supresión de la información mediante un proceso judicial.

Tené en cuenta que todo lo que subas a redes o compartas con otras personas puede llegar a hacerse público en un futuro.

Si decidís compartir o recibir material privado, manten la privacidad y es necesario que haya un consenso previo.

Si decidís enviar imágenes, evitar que se vea tu rostro o alguna marca característica de tu cuerpo que posibilite que se te reconozca (tatuajes, lunares, etc.)

Si bien hay aplicaciones que eliminan los mensajes y no permiten hacer capturas de pantalla, tené presente que igual se pueden capturar con otro teléfono

¿Cómo podés contactarnos?

-Si vivís una situación de violencia de género o conoces a una persona en esta situación podés acercarte y recibir información, contención y asesoramiento.

Por mail a equipogenero@rectorado.unsa.edu.ar

Por Whatsapp al 3875049438

O acercándote a nuestra oficina ubicada en Planta Baja de la Biblioteca, Box 4.

Tu consulta es SIEMPRE confidencial

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