Elecciones UNSa 2025
El 11 de abril de este año se realizarán las Elecciones Generales de la Universidad para elegir Rector/a-Vicerrector/a, Decanos/as-Vicedecanos/as de las ocho Facultades y los Representantes de los Estamentos de Profesores, Graduados/as y Estudiantes, ante el Consejo Superior y los Consejos Directivos de todas las Facultades.
Además se elegirán representantes de los Estamentos Nodocentes y Auxiliares Docentes a los Consejos Directivos de las dos nuevas Facultades: Regional Orán y Regional Multidisciplinar Tartagal.
Asimismo y conforme lo establecido en el Artículo 5 de la Resolución CS No80104, se elegirá la representación por los estamentos de Profesores y Estudiantes ante el Consejo de investigación de la Universidad.
– ¿Quiénes votan?
Votan todos los Estamentos (Profesores Regulares, Estudiantes, Graduados, Auxiliares Docentes Regulares y Nodocente).
– ¿Cómo se elige?
El sistema de votación es por fórmula completa, directa, secreta y obligatoria para Rector/a-vicerrector/a y decano/a-vicedecano/a.
El Consejo Superior de la Universidad, mediante la Resolución Nº 530-CS-2024, convoca a Elecciones Generales de esta Universidad para el viernes 11 de abril de 2025, con el propósito de elegir:
- Rector/a – Vicerrector/a
- Decanos/as – Vicedecanos/as de las Facultades
- Representantes de los estamentos de Profesores, Graduados, Estudiantes, Nodocentes y auxiliares ante el Consejo Superior y los Consejos Directivos de las Facultades.
- Asimismo, conforme a lo establecido en el Artículo 5º de la Resolución CS Nº 180/04, se elegirá la representación de Profesores y Estudiantes ante el Consejo de Investigación de la Universidad.
A tal efecto, se establece el siguiente CRONOGRAMA
Confección de padrones provisorios de los estamentos de Profesoras/es, Profesoras/es Auxiliares, Nodocentes, Estudiantes y de Graduadas/os y del listado de electores que, en principio figuran en dos padrones y deben optar por uno de ellos.
Envío de novedades al Centro de Cómputos de la Universidad por parte de las Juntas Electorales de Facultades, Sedes Regionales en transición a Facultad y Sede Regional Sur
Fecha: hasta las 19:00 hs del martes 18 de marzo
Emisión y Publicación de Padrones definitivos, distribuidos por mesas hasta el miércoles 26 de marzo a las 8:00 hs.
Recepción de Listas de Candidatas/os y avales
Fecha: hasta las 19:00 hs del martes 1 de abril
Oficialización de Listas
Fecha viernes 4 de abril
Envío al Centro de Cómputos de la Universidad de listas de candidatas/os oficializadas/os por las Juntas Electorales General, de las Facultades, Sedes Regionales en transición a Facultad y de la Sede Regional Sur.
Fecha: hasta el lunes 7 de abril.
Cierre de Campaña Electoral miércoles 9 de abril a 8:00 hs.
Acto eleccionario viernes 11 de abril de 8:00 a 19:00 hs
Impugnaciones al acto eleccionario hasta 19:00 hs del lunes 14 de abril
Expedición de Juntas Electorales y Proclamación martes 15 de abril Primera Vuelta
Cierre de campaña – Eventual Segunda Vuelta jueves 24 de abril a 8:00hs.
Acto eleccionario eventual Segunda Vuelta lunes 28 de abril de 8:00 a 19:00 hs.
lmpugnaciones al acto eleccionario eventual Segunda Vuelta hasta 19:00 hs del martes 29 de abril
Expedición de Juntas Electorales y Proclamación de candidatas/os electas/os en Segunda Vuelta miércoles 30 de abril
Posesión autoridades electas Facultad Humanidades, Ingeniería y Ciencias Naturales sábado 3 de mayo
Posesión autoridades electas Facultad Regional Multidisciplinar Tartagal miércoles 7 de mayo
Posesión Rector y Vicerrector domingo 11 de mayo
Posesión autoridades electas Facultad Ciencias Exactas, Ciencias de la Salud, Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales domingo 11 de mayo
Posesión de autoridades electas Sede Regional Sur (Metán – Rosario de la Frontera) domingo 11 de mayo
Posesión autoridades electas Facultad Regional Orán lunes 12 de mayo.
Preguntas y respuestas de interés
– ¿Quiénes forman parte del Padrón de Profesores Regulares?.
Los Profesores Regulares en las categorías de Titulares, Asociados o Adjuntos (Art.21, 23, 24 y 158 del Estatuto de la Universidad).
– ¿Quiénes forman parte del Padrón de Profesores Auxiliares Docentes Regulares?.
Los Auxiliares de la Docencia Regulares en las categorías de JTP y Auxiliares Docentes (Art.31, 32, 33 y 159 del Estatuto de la Universidad).
– ¿Quiénes forman parte del Padrón de Estudiantes?.
Aquellos estudiantes que hayan aprobado 2(dos) materias entre el 01-01-24 y el 31-12-24.
– ¿Quiénes forman parte del Padrón de Graduados/as?.
Son Graduados/as quienes han concluido una carrera universitaria de grado y recibido el correspondiente título de cualquier Universidad del país, con denominación igual o equivalente a alguno de los que otorga la Universidad Nacional de Salta, que se encuentren inscriptos en el padrón de graduados de cada Facultad, siempre que acrediten un período de residencia en la Provincia no menor de dos años y no tengan relación de dependencia con la Universidad. (Art.46 del Estatuto de la Universidad)
A los efectos de definir el alcance de la relación de dependencia con la Universidad a que se refiere el Art.46 del Estatuto universitario, la misma alcanzará a quienes tengan relación laboral transitoria, temporaria y/o permanente con o sin retribución o que pudieran percibir becas o sus equivalentes. (Art.43 del Reglamento Electoral)
– ¿Quiénes forman parte del Padrón Nodocente?
Aquellos que acrediten un mínimo de un año de antigüedad y que revisten como personal permanente. (Art.173 del Estatuto de la Universidad)
– ¿Puede una persona pertenecer a dos padrones?
No, no puede. En ese caso deberá optar por uno de ellos. (Art.39 del Reglamento Electoral)
¿Puede un elector formar parte de dos padrones en distintas Facultades?.
No, no puede. En ese caso deberá optar por uno de ellos. (Art.12 del Reglamento Electoral). Para el caso de Estudiantes integrará el de la Facultad donde tenga aprobadas mayor cantidad de asignaturas (Art.167 del Estatuto de la Universidad)
– ¿Qué pasa si un/a elector/a no figura en el padrón correspondiente?
Quienes no figuren o estuviesen anotados erróneamente en el padrón correspondiente, tendrán derecho a reclamar ante la respectiva Junta Electoral durante el plazo previsto en el cronograma electoral (desde el jueves 6 hasta el miércoles 12 de marzo de 2025 a las 8:00 hs) , la correspondiente corrección.
.- ¿Votan las personas que tienen cargos interinos?
No, no votan. Vale la aclaración, que se refiere a quienes tengan sólo esa condición y no pertenecen concomitantemente a otro Estamento en el cual sí votan.
– JUNTA ELECTORAL
– ¿Quienes forman parte de la Junta Electoral General ?.
La Junta Electoral General entenderá en la elección del Rector/a-Vicerrector/a, presidiendo, organizando y fiscalizando el correspondiente acto electoral (Art.3 del Reglamento Electoral). La misma está integrada por: Daniel Mansilla Muñoz, Hugo Rossi, José Aramayo (Titulares) – Walter Mioni, Adriana Gómez, Luis Portelli, Patricia López (Suplentes)
– ¿Quiénes forman parte de la Comisión Coordinadora Electoral?
La Comisión Coordinadora Electoral tendrá como misión asesorar a la Junta Electoral General y a las Juntas Electorales de las Facultades, actuando como nexo entre éstas y el Consejo Superior (Art. 2 del Reglamento Electoral). La misma está integrada por: Guadalupe Soler, Ricardo Lozano, Lucrecia Escalante (Titulares) – Martín Gómez Diez – Humberto Bárcena – Elisa Ale Ruiz – Mirta Vivas y Soraya Ataide (Suplentes)
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– ¿Cómo serán los votos?
(Art.14 del Reglamento Electoral)
- a) Los votos para la elección de Decano/a-Vicedecano/a y Rector/a-Vicerrector/a será por fórmula completa.
- b) Los votos para representantes por los estamentos de Profesores Regulares y Estudiantes, será por lista completa, tanto para representantes al Consejo Directivo, como para el Consejo Superior. El mismo será impreso con una línea de puntos que separe los candidatos al Consejo Directivo y al Consejo Superior y podrá ser dividido por el elector.
- c) Los votos de representantes por los estamentos de Graduados al Consejo Directivo, será por lista completa.
2.- ¿Cómo se contarán los votos para Decanato y Rectorado?
Los votos se contarán por medio de un sistema de ponderaciones.
3.- ¿Cómo se elige Rector/a- Vicerector/a? (Res.No.219/97 y )
El número total de votos ponderados obtenidos por una fórmula se determina sumando los totales de votos ponderados obtenidos en cada Facultad por cada uno de los estamentos que votan en ellas, a los que se agrega el número total de votos ponderados del Personal Nodocente que vota en padrón único en toda la Universidad. El número total de votos ponderados obtenidos por una fórmula, por cada uno de los estamentos de cada Facultad se computa:
- a) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento docente en la Facultad = 1/nº de Facultades [(37,5 x Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de los Profesores de la Facultad / Nº total de votos emitidos por el estamento de Profesores en la Facultad) + (18,75 x Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de Profesores Auxiliares en la Facultad /Nº total de votos emitidos en el estamento de Auxiliares en la Facultad)}.
- b) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento de estudiantes en la Facultad = 1/nº de Facultades (31,25 x Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de Estudiantes de la Facultad / Nº total de votos emitidos por el estamento de Estudiantes en la Facultad).
- c) total de votos ponderados obtenidos en el estamento de Graduados en la Facultad = 1/nº de Facultades (6,25 x Nº de votos obtenidos por la fórmula / Nº total de votos emitidos por el estamento de graduados de la Facultad).
- d) El Nº total de votos ponderados obtenidos por una fórmula se determina sumando los totales de votos equivalentes obtenidos en cada Facultad por cada uno de los estamentos que votan en ella, a los que se agrega el Nº total de votos ponderados del Estamento de Nodocentes que vota en padrón único, siendo:
- Nº total de votos ponderados obtenidos en el estamento Nodocente = 6,25 x Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de Nodocentes / Nº total de votos emitidos por el estamento Nodocente.
Para resultar electa una fórmula se requiere obtener la mayoría absoluta ponderada de los votos emitidos. De no alcanzarse esta situación se realiza una segunda vuelta entre las dos fórmulas más votadas, requiriéndose -en este caso- mayoría simple para resultar electa. (Art.153 del Estatuto de la Universidad)
– ¿Cómo se elige Decano/a- Vicedecano/a?. (Art.38 del Reglamento Electoral)
El mecanismo de ponderación de votos para la elección de Decano-Vicedecano en las Facultades está dado por una fórmula que suma los votos ponderados de cada uno de los estamentos en la Facultad, siendo:
- a) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento docente = (37,50 x (Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de profesores / Nº total de votos emitidos en el estamento de profesores de la Facultad)} + (18,75 x (Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de auxiliares de la docencia / Nº votos emitidos en el estamento de profesores auxiliares docentes de la Facultad)}
- b) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento de estudiantes = 31,25 x (Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de estudiantes / Nº total de votos emitidos en el estamento de estudiantes de la Facultad).
- c) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento Nodocente = 6,25 x (Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento Nodocente / Nº total de votos emitidos en el estamento Nodocente de la Facultad).
- d) Nº de votos ponderados obtenidos en el estamento de graduados = 6,25 x (Nº de votos obtenidos por la fórmula en el estamento de graduados / Nº total de votos emitidos en el estamento de graduados de la Facultad).
– ¿Cómo se eligen los Consejeros Directivos?
La adjudicación de cargos de Consejeros en representación de los estamentos de Profesores Regulares y Estudiantes ante el Consejo Directivo se decide por el sistema proporcional D´Hont. A los fines del cómputo, se tiene en cuenta la totalidad de votos obtenidos por cada una de las listas en relación a la totalidad de los votos emitidos por el estamento. (Art. 160 y 167 del Estatuto de la Universidad).
Para resultar electa una fórmula se requiere obtener la mayoría absoluta ponderada de los votos emitidos. En el caso de que ninguna de las fórmulas alcance dicha mayoría se realiza una segunda votación entre las dos fórmulas con mayor cantidad de votos ponderados, resultando electa aquella que obtenga mayoría simple de votos ponderados.
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