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Cuerpos
en la mira. Estrategias y discursos reglamentadores como
dispositivos para naturalizar la desigualdad de género y la
socialización de lo biológico.
El sur bonaerense a fines del siglo XIX
(Bodies in the sight. Strategies and regulation speeches like
tools to naturalize the gender inequalities and the biological
socialization in the bonaerense south at the end of the
nineteenth century)
De Paz Trueba, Yolanda
Instituto de Estudios Histórico Sociales (IEHS), Universidad
Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Pinto 348
(7000), Tandil – CONICET
Resumen:
En este trabajo se analiza, en el marco de
construcción de la estatalidad de una sociedad de frontera,
cuál era el lugar que los discursos de los actores dominantes,
pero también el de los propios sectores subalternos, quisieron
asignarle a la mujer en aquella sociedad. Por un lado, se
procura estudiar las estrategias de los actores estatales para
controlar a los sectores díscolos. Pero, por otro, lo que
sugieren las fuentes trabajadas es que los propios sujetos
pasibles de control buscaron y apelaron a distintos ámbitos
para denunciar las causas del desorden.
En definitiva, si en primer lugar, interesa analizar esa
circulación de discursos en distintos ámbitos y formulados por
distintos actores que reprodujeron
el lugar que le ocupaba a las mujeres, por otro, se busca
aportar algunos datos de interés en cuestiones como el control
social, así como atender al universo de las prácticas más
allá de los discursos.
Abstract:
In this article, we analyze, in the context of state
construction in a frontier society, which place dominant
sectors speeches assigned to women, and what thought about
that the subaltern sectors.
On one hand we study the strategies that state actors used in
order to control women, but in the other hand we analyze how
controlled people found ways to report what they considered
disorder.
Finally, we intend to provide some information about social
control, we mean to attend the practise, not only the
speeches.
Palabras claves:
Control Social; Discursos; Prácticas.
Key Words:
Social Control; Speeches; Practise.
En Argentina
se asistió durante el siglo XIX,
y especialmente sobre sus últimas décadas, a una redefinición
de lo público y lo privado, y junto con ello a la
configuración de un modelo de convivencia doméstica
adjudicando un rol preponderante a la mujer, como “guardiana
del hogar”. En un marco en el que la construcción del Estado
Nacional era el principal objetivo de las clases dominantes,
el papel de la escuela, de la familia y de la mujer como
formadora de ciudadanos, aparecían entonces como centrales en
ese proceso.
Pero también, y como parte del mismo, se tornaron importantes
las apariencias. Esto incluía al vestido, los gestos y
modales, las actitudes en sociedad y toda una gama de
comportamientos, que fueron interpretados como indicios de la
personalidad que se escondía detrás.
Atendiendo a estas cuestiones, en este trabajo
se analiza, en el marco de construcción de la estatalidad de
una sociedad de frontera, signada por la incertidumbre y la
labilidad institucional, cuál era el lugar que los discursos
de los actores dominantes, pero también el de los propios
sectores subalternos, quisieron asignarle a la mujer en
aquella sociedad.
Por un lado, se procura estudiar las
estrategias de los actores estatales para controlar a los
sectores díscolos, aquellos que parecían poner en tela de
juicio el modelo político y económico que se intentaba
imponer. En este sentido, las mujeres estuvieron en la mira de
esos discursos ya que sobre ellas, en su carácter de “madres y
esposas de ciudadanos”, se sustentaron las bases del orden de
lo privado como un modo de garantizar la estabilidad de la
república y el orden social. Pero, por otro, lo que sugieren
las fuentes trabajadas es que ese orden no fue una mera
imposición sino que los propios sujetos pasibles de control
buscaron y apelaron a distintos ámbitos para denunciar las
causas del desorden. Como sabemos, lo que hace que el control
sea efectivo no es sólo su eficacia en la imposición de arriba
hacia abajo, sino que también habrá que tener en cuenta aquel
que es ejercido en la relación interpares, cara a cara en el
contacto cotidiano.
De modo que nuevamente se recupera la red
discursiva y las diversas estrategias reglamentadoras que
fueran ideadas, como ha sido trabajado para otros espacios
sociales,
pero en un contexto escasamente estudiado en estas cuestiones
como es la región del centro y sur de la Provincia de Buenos
Aires, a fines del siglo XIX y principios del XX. En el marco
de esa realidad social que acusaba cambios, entre ellos la
construcción de una estatalidad, la prensa fue un ámbito
elegido para llegar a cierto número de mujeres para transmitir
una noción sobre el cuerpo femenino y las formas de
comportamientos en el ámbito público y el privado. Esa red
discursiva centrada en el cuerpo, los comportamientos, gestos
y actitudes femeninas, tuvo una fuerte impronta como elemento
de control en tanto pretendía generar y regenerar la imagen de
la mujer virtuosa, retomando viejos estereotipos sobre el
deber ser femenino, y que se intentaron reforzar por este
medio.
Pero también esos discursos y estrategias ensayadas por los
actores estatales tienen una evidente presencia en los ámbitos
judiciales. Los representantes de la justicia tendieron a
naturalizar las diferencias biológicas, asignando a hombres y
mujeres roles definidos y diferenciados. Obviamente, detrás de
esa red argumentativa se hicieron presentes los criterios
científicos que con su sentido de la verdad dieron fundamentos
a esa búsqueda de normalizar los comportamientos de hombres y
mujeres. En ese sentido, los discursos médicos y los de las
nuevas ciencias en auge a fines del siglo XIX, no hicieron más
que legitimar estos intentos normalizadores sobre los cuerpos.
De allí que se los puede considerar como parte indisociable
del proceso de construcción de la estatalidad en nuestro
período de estudio.
En definitiva, si en primer lugar, interesa
analizar esa circulación de discursos en distintos ámbitos y
formulados por distintos actores que reprodujeron
incansablemente el lugar que le ocupaba a las mujeres en tanto
se sintieron amenazados por la visibilización de la mujer en
el espacio público y por la emergencia de una realidad social
que no siempre se ajustaba a sus expectativas, por otro, se
busca seguir avanzando y aportar algunos datos de interés en
cuestiones como el control social y sus instancias de
efectivización, así como atender el universo de las prácticas
más allá de los discursos.
Controlar y moralizar: las apariencias en público
En el marco de la
modernización a la que
asistió el país en las décadas finales del siglo XIX,
la Generación del ´80
elaboró instrumentos de control en los que la familia
unificada aparecía como un elemento central para estabilizar
la sociedad amenazada por la conflictividad que se desataba a
causa principalmente de la llegada de los inmigrantes y de la
presencia de la mujer en la esfera pública.
En un momento en el que el Estado temía por el
desorden social, las actitudes de estos sectores aparecían
como subversivas y se reforzó la idea de la familia como clave
en este proceso.
El pensamiento positivista irrumpió en el escenario para
denunciar los peligros de la aglomeración y advertir sobre los
riesgos para el cuerpo social.
Si bien debemos tener en cuenta que no era uniforme, también
es cierto que con sus matices, disputas y replanteos, las
políticas públicas se nutrieron con su impronta. Los
positivistas consideraban el delito como una enfermedad y las
conductas de la gente como consecuencias de cuestiones
sociales y psicológicas.
En este marco de control en el que se pretendía ajustar a los
ciudadanos a un modelo productivo y político determinado, se
apelaba a la mujer en tanto madre y como elemento del
colectivo social en el que había que introducir pautas
reguladas de vida y de sociabilidad.
En la prensa tandilense del período analizado se publicó una
gran cantidad de artículos destinados a regular los
comportamientos sociales y la vestimenta, en particular
aquéllos dirigidos a las mujeres. Si bien no podemos negar
que hayan tenido la intención de influenciar en la formación
de un tipo de ciudadano determinado acorde con los nuevos
tiempos políticos, tal como plantea Masiello para
Latinoamérica, creemos que es necesario tener en cuenta,
como parte de ese mismo proceso, el papel fundamental que
cumplían a la hora de moldear las conductas de las mujeres en
función de crear virtuosas que, en definitiva, no eran otras
que las madres de los ciudadanos de esa nación en
construcción.
Esta centralidad de la mujer virtuosa aparece reflejada en un
artículo que toma la forma de consejos de una madre dados a su
hija, en la que abiertamente expresa que
“[…] Mi primer anhelo, mi tarea sagrada y constante está en
educar tu corazón formando de ti una mujer virtuosa […] La
virtud es la joya de estimable valor que da reductos
abundantes y por todo el período de la existencia […] Mi tarea
consiste en formar tu carácter que deberá cambiar su rigidez
por la dulzura porque es ésta la cualidad preciosa que esparce
sonrisas y hace obtener lo que malo querría lograrse con el
despecho, la cólera o las lágrimas. […] Este es dote necesaria
de todos pero indispensable a la mujer que debe insinuarse en
los corazones para corregirlos y educarlos […]”.
Como se puede advertir, estas líneas dejan entrever que era
la madre la que se reconocía como la formadora del carácter de
la hija, como la responsable de domar en ella una naturaleza
fuerte
para transformarla en dócil y, en definitiva, en preparar su
carácter para convertirla en “el ángel del hogar”, dotada de
cualidades imprescindibles para la mujer. Existía un ideal
femenino que aparecía en este marco como naturalmente dado,
que nos habla de la maternidad y el cuidado de los miembros de
la familia, la idea de una fragilidad femenina y la
existencia, a partir de allí, de los roles prescriptos en la
sociedad que en realidad se debían limitar al ámbito del
hogar. En síntesis, estamos frente a un discurso de la
domesticidad que avalaba roles para las mujeres que
circunscribían a ésta a su actuación doméstica. Todo esto
habría servido para justificar jerarquías y exclusiones,
naturalizando unas desigualdades que habrían tenido su origen
en la diferencia biológica entre hombres y mujeres. Estas
diferencias determinarían roles distintos para cada uno:
mientras que ella era el ángel del hogar, él era el proveedor
de la familia.
Si la supuesta madre del artículo antes referido nos habla con
tanto detalle acerca de cómo debe moldearse el carácter de una
mujer virtuosa, en una sección que aparecía con cierta
frecuencia en el mismo periódico se nos informaba sobre lo que
era esperable del comportamiento femenino en sociedad. De
esta manera dice:
“[…] Una niña nunca acepta de un hombre un regalo valioso a no
ser que ese hombre sea su novio. […] En un baile o en
cualquier otra fiesta elegirá el término medio entre mucha
libertad y mucha reserva. Así será siempre agradable y
encantadora. En la mesa no comerá mucho […] Tampoco comerá muy
poco como un pájaro […] Lo que hay que evitar es parecer
golosa, lo que siempre afea y denota mala educación […]”.
Y así se prolonga en otras recomendaciones, pero nos termina
sorprendiendo al plantear que siempre que se acepte el amor de
un hombre, “[…] no debe decirlo a las amigas pero es deber
confesarlo todo a la madre”. Planteado como un deber parece
sugerir que, como herramienta de control, no era nada
despreciable. Finalmente, podemos decir que se buscaba formar
a una jovencita ideal, dulce y angelical, que supiera
conquistar el corazón masculino, último estadio en el
crecimiento de una mujer, todo bajo la supervisión de la
madre. En definitiva, ésta era la responsable de prepararla
para ser en su futuro una madre virtuosa. La elección del
candidato también resulta de esa preparación previa y sería
fundamental para el desarrollo de ese virtuosismo en el
futuro. Si esto es lo que más importaba para la vida de una
mujer, no deben sorprendernos las líneas siguientes, al
comentar que “[…] Lo más importante es enseñarle que debe ser
siempre modesta, graciosa y buena y no llamar nunca la
atención […]”.
Como se puede advertir, esos valores que se buscaron reforzar
en aquella sociedad intentaban frenar esos comportamientos que
algunas mujeres parecían poner en peligro con sus actitudes.
Sin embargo, resulta interesante remarcar que no se trataba de
ninguna manera de valores nuevos, sino que por el contrario
estamos frente a estereotipos acerca del deber ser femenino
que tenían un viejo arraigo en la sociedad colonial. El modelo
de mujer que se intentaba así producir y reproducir por medio
del discurso de la prensa era tributario de aquel instaurado
en América por la corona española pero que había perdurado y
resistido más tarde, en la etapa independiente..
En relación a las apariencias antes mencionadas, un gran
número de artículos hacían referencia a la moda y su relación
con la mujer.
Lo que estos artículos ponen de manifiesto es que esta era una
sociedad, tal como sostiene Richard Sennet, preocupada en
exceso por lo inmanente. No sólo se trataba de estar a la
moda, sino de la importancia que las apariencias tenían en sí
mismas como elemento comunicante de la personalidad. Estamos
frente a una sociedad que miraba absolutamente todo y todo lo
sometía a su consideración: “[...] Una mujer joven calzada con
descuido embellece, el taco de color da carácter aventurero a
la que lo usa; el taco torcido significa pobreza; el taco
excesivamente alto es cursi, revela el ansia de tener más
estatura [...] la que taconea mucho quiere que la vean
demasiado [...]”.
Además, “[...] La mujer que anda de talones, echando la cabeza
hacia atrás, [...] es fastidiosa, inoportuna e intranquila; la
que anda de puntillas es celosa, viva e impresionable y
algunas veces impertinente [...]”.
Ese interés por escudriñar en la personalidad del otro a
través de sus apariencias no sólo involucraba el estudio de lo
que comunicaban la vestimenta o las actitudes, sino que iba
más allá, como lo manifiesta la fuente estudiada en el
artículo titulado “Los ojos y el carácter”, en el que
se comentaba:
“[…] El conocimiento del carácter por las facciones de las
personas es un estudio que fascina y los ojos son
indiscutiblemente el mejor de todos por aquello de que ellos
son el espejo del alma. Los ojos grandes y de un azul claro,
denotan gran capacidad y también un carácter sensible. Pero la
persona que los posee es generalmente celosa, inquisitiva y
difícil de manejar […]”.
Lo que aparece como más llamativo en este período es la
profusión discursiva que se desarrolló alrededor de la forma
de vestirse, pero sobre todo, de la forma correcta de llevar
las prendas y de comportarse. Las apariencias tenían que ver
no sólo con la ropa y la moda, sino también con las actitudes
en sociedad. Como antes planteamos, la prensa tandilense no
escatimó en artículos que definían cómo debían ser las
actitudes en público y sobre todo aquellos que apuntaban a
ajustar a la mujer a un modelo claro de comportamiento que,
podemos inferir, se les escurría entre las manos. Las
mujeres eran las que debían tener en cuenta una serie de
máximas que las llevaran por la senda de la mujer que se
buscaba construir y reconstruir, la mujer virtuosa. Como
planteamos, se consideraba fundamental poder dominar las
pulsiones del cuerpo, y esto en una señorita o una dama era
fundamental. Se la debía persuadir de la importancia de la
sensatez en la manifestación de los sentimientos y, de ser
posible, de la importancia del silencio. Debemos
volver nuevamente a nuestras fuentes para informarnos sobre
la importancia dada a la mesura en el comportamiento femenino
requerido. Dice la madre a su hija:
“[…] huye de esa obstinación con la que sostienes tus
razonamientos […] Una vez expuestas tus ideas, sostenlas sin
apasionamiento, sin visos de pertenencia. Cuídate también, mi
querida, de ser demasiado locuaz. La manía de contarlo todo
nos hace cometer muchos desatinos de los cuales nos
arrepentimos luego […]”.
El discurso científico: los médicos, sacerdotes de la ciencia
Si la prédica de estos moralistas fue importante, no lo fue
menos la de los médicos higienistas que, a través de los
manuales y de la prensa, intentaron llegar al seno de las
familias para generar un cambio en las pautas de orden
doméstico. Como ha sido estudiado, el higienismo médico tuvo
un gran desarrollo en esta época en que, preocupado
fundamentalmente por el desarrollo de epidemias, apuntaba al
mejoramiento de la salud pública. Esta habría sido una de las
razones para explicar el crecimiento del poder e influencia
de los médicos sobre las familias, que fue en aumento durante
los siglos XVIII y XIX, aún en desmedro del poder de la
Iglesia. Como plantea Adriana Álvarez:
“[…] tanto la ciencia médica como su práctica cobró una
importancia desconocida hasta entonces por la sociedad
porteña. […] Esto sirvió para que el discurso higienista
rápidamente impregnara el entramado social, el institucional y
el político, favoreciendo la institucionalización de la
práctica profesionalizada de la medicina en organismos como la
Asistencia Pública”.
Claro que, como afirma Jorge Salessi, si la epidemia de fiebre
amarilla de 1871 fue un punto de inflexión en cuanto a la
concientización acerca de la necesidad de plantearse
cuestiones relativas a una salud pública, y aunque las obras
de salubridad se circunscribieron a la ciudad de Bs. As., lo
que trascendió los márgenes de la ciudad fue el desarrollo de
una profusión discursiva por parte de los higienistas.
De la mano del discurso higiénico ellos se permitieron
intervenir, de diversas formas, en amplios aspectos de la vida
pública y privada de las personas.
Desde la segunda mitad del siglo XIX se generaron una serie de
cambios al interior de las familias, en las que se
introdujeron modificaciones en las pautas de higiene, de
mayor incidencia en las zonas urbanas. Además de la limpieza
de la casa, las nuevas ideas abarcaban también al cuidado de
los niños y su educación que se recomendaba como una tarea de
las madres, restándole importancia a las niñeras y amas de
leche, cuya presencia estaba muy difundida entre las familias
argentinas de clases acomodadas. Las mujeres hicieron suyas
estas nuevas pautas, fundamentalmente a través de los consejos
de los médicos dados por medio de los manuales hogareños, que
tuvieron gran difusión en aquellos momentos.
En síntesis, junto a los discursos de los
intelectuales, la prensa, los moralistas, se situó el de los
médicos, quienes consideraban que debían cuidar de la mujer, a
esta altura ya definida como fisiológica y psicológicamente
inestable.
En este sentido, el discurso de los higienistas
no sólo ayudó a reforzar el estereotipo sobre la mujer madre y
sobre los roles aceptados para las mujeres en el hogar, sino
que colaboró en la estigmatización de los actores considerados
peligrosos para el modelo económico y político que se
intentaba imponer. Estaba estrechamente ligado a una
concepción patriarcalista de la sociedad. Estamos frente a un
discurso sostenido tanto por médicos como por un sector más
amplio de intelectuales que lideraban aquel proceso de
modernización pero que, sin embargo, no dudaron en recurrir a
viejos esquemas para justificar lo que consideraban justo. En
definitiva, se trataba de un temor manifestado por estos
sectores dominantes en relación a la mujer que escapaba de los
cánones tradicionales que querían reforzar y que, decían,
ponía en peligro a la sociedad por medio de la degeneración
racial. En realidad, el temor tenía que ver con una inversión
de roles sociales-sexuales que discutía las jerarquías de
aquélla sociedad.
El discurso de la Justicia: socialización de lo
biológico y naturalización del deber ser femenino
Si los discursos de las elites científicas
justificaban en nombre del cuerpo la exclusión a la que se
sometía a la mujer, el análisis del discurso jurídico puede
resultar revelador en tanto era detentado por actores
estatales encargados en cierta forma de establecer el orden
patriarcal desbordado y transgredido por ella. Más allá de los
controles instaurados se trataba de una sociedad que
presentaba significativas desviaciones con respecto al modelo
de familia deseado. Estos actores consideraban a la mujer
propensa a cometer delitos propios de su temperamento
inestable, como podía ser el infanticidio o el adulterio,
entre otros. Se suponía que era su cuerpo el que las
predisponía a estos actos delictivos. “La idea de que se
trataba de personas débiles tanto física como racionalmente
fue frecuentemente expuesta en los escritos judiciales”.
Pero si por un lado había que controlar la sexualidad
femenina, que podía poner en riesgo la paz familiar y social,
por otro lado había que medir los castigos penales para
preservar su cuerpo, dador de vida.
En este sentido, consideramos relevante
mencionar algunas situaciones muy puntuales (como la huida o
rapto
del hogar de esposas e hijas), que motivaban la presencia de
las mujeres y de los hombres ante los estrados de la Justicia
de Paz. Si bien es cierto que este puede ser un recorte muy
aleatorio de situaciones, consideramos que es en estos casos
en los que se observan con más claridad algunas de las
características de la Justicia de Paz de fines del siglo XIX
que pretendemos resaltar. Además, estos documentos nos dejan
observar las prácticas y las formas de vida cotidiana, que
revelan los alcances y límites de aquellos discursos de
control antes mencionados.
En principio, y como planteamos antes, estamos
frente a una sociedad en la que los discursos pretendían
reforzar las características patriarcales de la misma,
retomando fuertemente las ideas de la incapacidad femenina
pero al mismo tiempo la necesidad de controlarlas. En este
sentido, las destinatarias eran tanto mujeres adultas como
menores de edad y ese control debía apuntar sobre todo a su
sexualidad, dado el papel imprescindible que representaban
para la reproducción, pero al mismo tiempo por la posibilidad
de hacer un uso de esa capacidad que desestabilizara a la
familia y por extensión a la sociedad. De esta manera, los
“hombres –padres y/o maridos– aparecen como los depositarios
de una doble función para ejercer sobre las mujeres:
protegerlas y restringir sus acciones”.
A esta lógica respondieron los pedidos de las
familias de restitución de sus hijas o de los esposos de sus
mujeres cuando éstas habían huido del hogar. De esta manera,
el juez de Paz de Tandil se dirigía al comisario de Policía
para que “[…] se sirva constituir en detención a la mujer Rita
Machado que ha fugado del hogar conyugal, cuya detención ha
solicitado a esta el esposo de Rita”.
En igual situación se hallaba Juan Manuel López, quien había
pedido la captura de su esposa, Felisa Contreras.
Había que controlarlas y la Justicia hacía lugar al pedido y
ponía a disposición del padre o marido los recursos para que
el orden alterado por estas mujeres que reaccionaban frente al
sistema, se recuperase. También la denuncia del marido originó
el paso de Celina de Bustelo Saavedra por la Comisaría de
Olavarría, la que fue puesta a disposición del juez de Paz del
partido en agosto de 1888. Hechos similares vivió doña Luisa
Lafar de Lhuiellier, cuya fuga denunció su marido en agosto de
1894. Este, francés, domiciliado en General La Madrid, pueblo
cercano a Olavaria, y estando de paso en esta localidad, se
presentó al subcomisario de Policía pidiendo “se sirva
capturar bajo su responsabilidad a su mujer legítima Luisa
[…]”.
En los casos citados la mujer era una transgresora al
abandonar el hogar marital, desafiando las normas sociales y
legales.
En el mismo sentido, los menores de edad tenían su
domicilio junto a sus padres, por lo que también éstos estaban
amparados por la ley para pedir la captura de sus hijos, si
abandonaban sin su permiso el hogar paterno, como lo hizo
Mauricia Urbina. En diciembre de 1883 se presentó en la
comisaría de Olavarría su padre, Domingo, a presentar la
denuncia y pedir su captura.
Similar situación llevó ante las autoridades locales a
la madre de Josefa Ríos de Azul, que se había fugado a Bahía
Blanca donde vivía una hermana suya.
Finalmente, los elementos del control sobre los
menores también se ejercían cuando se trataba de chicas y
también chicos que habían sido puestos bajo la guarda legal de
alguna familia por las autoridades locales y huían.
Entonces, sus guardadores se presentaban a denunciar la
desaparición de aquellos que estaban a su cargo. Así lo hizo
el doctor Olivieri, presentándose en septiembre de 1894 a la
Comisaría de Olavarria, dando parte de la desaparición de
María Gutiérrez, menor a su cargo. También lo hizo al año
siguiente Severo González, dando cuenta de la fuga de
Zeferino Zurita, menor a su cargo.
Ahora bien, más allá de reconocer que en
la intención de la denuncia y en la primera respuesta de las
autoridades se activaban los elementos del control más
básicos, no se puede ignorar que había otra cuestión de fondo
por la cual adquirían visibilidad ante las instancias de la
Justicia estos conflictos intrafamiliares. Si bien se aspiraba
a restituir un orden que momentáneamente los sujetos sociales
habían puesto en jaque con su decisión y acciones, lejos
podían estar éstos de los discursos del control antes
mencionados y de la funcionalidad que tenían para el modelo
que se pretendió instalar. Cabe que nos preguntemos entonces
qué intenciones particulares los llevaba a presentarse ante la
Justicia de Paz o de Menores.
La cuestión de fondo que no se puede soslayar
de estas denuncias es que remiten a la idea de honor de estos
actores.
Ese fue el caso de Domingo Urbina que se presentó en la
Comisaría de Olavarría a denunciar la fuga de su
hija Mauricia, pidió la captura de la misma y del
raptor, un tal Sixto Palacios, con quien ella se habría ido.
De las declaraciones del padre se desprende que su principal
interés era que la chica compareciese para que le explicara
por qué se había ido y “remedie la falta cometida”. También
pidió que se presentara Palacios para “remediar este asunto”.
El honor del padre y su capacidad como tal al tener la
responsabilidad de cuidar de la integridad de la chica había
sido burlada y allí residía su preocupación.
La misma idea de denunciar y depositar toda la culpa sobre el
sujeto que presuntamente había “forzado la voluntad” de la
menor al llevársela, era una forma de deslindar la
responsabilidad que le cabía al padre de cuidar a la hija, así
como de limpiar la honorabilidad de ésta sobre la que se
tendía un manto de dudas a causa de su decisión de huir en
compañía de un hombre.
Cabe subrayar que con la denuncia se ponía en cuestión no sólo
la actitud de la mujer, sino la del hombre que debió cuidar de
ella y no lo hizo. Era el honor familiar el que se ponía en
tela de juicio. Frente a la mirada del otro, que en
comunidades pequeñas como las de nuestro estudio cobraba aún
más importancia, era la respetabilidad familiar toda la que se
podía perder. En algunos casos, como el rapto, la denuncia
podía también ser una forma de reparación pública del honor y
debía ser rápidamente interpuesta para alejar las dudas sobre
el hombre responsable, aunque éstas persistieran en la forma
de su imposibilidad de cuidar de ella y restringir sus
movimientos. El hombre había sido burlado y junto a él estas
mujeres ponían en jaque el orden social.
Formas de vida cotidiana
En estas fuentes de la Justicia de Paz, donde
se traslucen los pequeños desvíos que protagonizaban quienes
transgredían las reglas sociales, se puede observar la
realidad vivida por los hombres y mujeres en una sociedad
patriarcal que pretendía fijar un orden que se debía construir
y reconstruir continuamente. Desde su lugar, los actores
sociales podían discutir ese orden viviendo de una manera
diferente a la prescripta, y las fuentes nos dan amplia cuenta
de ello. El caso de Ruperta Medina nos deja asomarnos a formas
de vida cotidiana que, aunque en algunos casos se
cuestionaban y cuando tomaban estado público pretendían
remediarse, en el discurrir diario parecen tener lugar con
naturalidad. El cuñado de la mencionada Ruperta, Juan Manjou,
hacendado, denunció la desaparición de la chica junto a
Anselmo Carbajal. Pero cuando los acusados fueron detenidos y
se presentaron a declarar, Carvajal afirmó que él no había
llevado a la chica sino que había llegado a un acuerdo con su
hermana y el cuñado, a los que les había manifestado su
intención de que la menor estuviera unos días en su casa para
conocerla y luego casarse con ella. La chica dijo que ella se
fue por su propia voluntad y por estar de acuerdo con Carbajal,
tras su promesa de matrimonio.
Sin embargo, parece ser el caso de Nicomedes
Rojas, cuyo rapto denunció su padre, el que más nos habla en
este sentido. El padre acusaba a Toribio Arnesto por haber
forzado la voluntad de la chica al arrancarla del lado de sus
progenitores. Pero cuando ambos fueron apresados, la misma
Nicomedes dijo ser mentira lo que declaró su padre, ya que
“hace cinco meses más o menos que en la casa de sus padres y
en una sola pieza viven en concubinato con Arnesto y que esto
ellos lo consentían haciéndose los indiferentes”, así como que
ella decidió irse de la casa de los padres por la mala vida
que éstos le daban, para hacerla desistir de la relación con
Arnesto. Estamos frente a una situación en la que la denuncia
por rapto se activa para desacreditar a Arnesto y obligar a
Nicomedes a abandonarlo, cosa que ella no aceptó.
Hasta qué punto estas declaraciones son ciertas o mejor dicho
quien dice la verdad y quien miente, es difícil precisarlo.
Sin embargo vemos la existencia de formas de vida y
sociabilidad que estaban extendidas y se apartaban del ideal
de familia que se quería imponer. Si bien esto no debe
hacernos pensar que no existía una cierta condena social a
estas formas “anormales” de relacionarse, el reproche se
activaba cuando mediaba algún conflicto. En este caso se
trata de un desacuerdo de los padres de Nicomedes con respecto
a su relación con el sujeto y existió también una pelea que
tomó estado público, lo que ameritó la intervención de las
autoridades. Cuando el orden social y la paz se veían
efectivamente alterados, las situaciones cotidianas quedaban
en la mira de la sociedad y de los actores estatales a nivel
local.
En síntesis, estamos en un marco de sociedad
patriarcal dominada por los discursos del control social que
pretendía imponerse y reforzarse. En este sentido, podemos
decir que el derecho ha sido y es una de los medios de
construcción de los estereotipos de mujer ideal, a partir de
lo cual se le dan o niegan derechos a las mujeres por medio de
sus fallos. En los casos estudiados, las
actuaciones de la Justicia contribuían a reforzar el deber ser
femenino. La reafirmación de estos estereotipos quedaba
claramente de manifiesto cuando la cuestión de la moralidad se
interponía en un reclamo.
La
respuesta de las autoridades: castigar o corregir
La insistencia del discurso acerca de la
necesidad de control nos alerta sobre la existencia de
prácticas y actores sociales que no se adaptaban al modelo
“ideal”. La forma en que las situaciones se resolvían nos pone
frente a una forma de actuación de la Justicia que obedecía
más a una necesidad de restaurar el orden que de castigar.
También estamos frente a una Justicia paternalista que cree
que a la mujer sola debe protegerla.
Revelador puede resultar el caso de Eusebio
Garay, quien en enero de 1870 se presentó ante el Juzgado de
Pobres y Menores ante una denuncia interpuesta por su esposa,
Nieves Miguens, “[…] quejándose de haber su esposo abandonado
a ella y a sus hijos sin pasarles casi nada para su sustento
en 10 meses que han andado separados”.
En febrero del mismo año el juez de Paz autorizaba, a pedido
del de Menores, el embargo de los bienes de Garay.
Lo que aparece subrayado en este caso es esta necesidad de
proteger a una mujer que no hace más que defender sus
intereses y los de sus hijos, actuando de acuerdo a lo
esperado de la mujer en tanto madre. Situación similar es la
que llevó a Leonarda
Ferreira ante las autoridades para responder a una demanda que
había sido interpuesta por su esposo. El 10 de mayo de 1897
compareció ante el juez de Paz, don Francisco Giffoni,
domiciliado en Olavarría, y expuso que hacía tres años que se
encontraba separado de su esposa y que venía a reclamar a los
hijos legítimos de la pareja. La causa por la que después de
tres años insistía en el tema era que su esposa “ha faltado a
sus deberes sagrados […] dando un paso que la imposibilita
para tener a su lado menores […]”. Según el mismo Giffoni, la
mujer “[…] ha cometido el delito de adulterio haciendo notar
el fruto de su falta en el Registro Civil de esta localidad el
19 de febrero ppddo”. Lo interesante de este caso es la forma
en que esta mujer se defiende de estas acusaciones por medio
de un escrito en que argumenta que además de estar separados
hace tres años, como se desprende de las mismas declaraciones
de Giffoni, él la abandonó a ella y a sus hijos en la
“[…]
más completa miseria […]. Este abandono señor juez de sus
hijos menores importa la pérdida de la patria potestad que
ante sus hijos podía tener (Libro 1º sección 2º Título III
Art. 307 del Código Civil Argentino), por lo cual el señor
Juez debió no hacer lugar a la demanda”.
Continuando
con las indagaciones, descubrimos que, tiempo atrás, ella
había entablado una demanda por la separación de Giffoni,
patrocinada en esa oportunidad por don Lorenzo Gamez, vecino
respetable del pueblo. Entre ambos, plantean al juez de turno
que Giffoni hacía tiempo la había abandonado a ella y a sus
hijos, y que la situación del matrimonio se había tornado
insostenible “[…] por más que ella siempre profesa el cariño
que en el matrimonio debe existir entre los cónyuges”. Frente
a su situación dice verse obligada a recurrir al Juzgado
amparándose en el artículo 185 del Código Civil para demandar
al esposo por incumplimiento del artículo 185 del mismo
Código.
Además de resaltar su cumplimiento como esposa y de sus
deberes de madre cuestionaba la falta en que había incurrido
el marido a sus deberes, aquellos que en algún modo implicaban
la sujeción de la mujer al hombre pero que en cierta medida
eran también una protección que ella usó a su favor. Leonarda
solicitó el embargo preventivo de la casa ante el temor de
quedar en la calle y el Juzgado en aquélla oportunidad había
hecho lugar.
Pero tal pretensión paternalista pasaba a un segundo plano
cuando la moralidad de la mujer se ponía en cuestión. Aquí la
intención de restaurar el orden perdido por la falta cometida
ocupa el primer lugar, como lo demuestra el caso de
Francisca Griezo. El 24 de septiembre de 1895 se presentó a
comparecer a la Defensoría de Menores don Gaetano Sapere,
quien venía a reclamar a un hijo menor llamado José, que se
encontraba en poder de la madre. La causa del reclamo era,
según Sapere, que ésta estaba haciendo vida marital con otro
hombre cuando él era su esposo legítimo. En la misma fecha
prestó su declaración en la Defensoría doña Francisca, quien
dijo que efectivamente ella vivía con otro hombre pero que su
esposo la había dejado en la miseria, por lo cual se había
visto obligada a abandonarlo, por lo que pidió al Juez que no
hiciera lugar al pedido del padre. Así, si ella había sido
puesta en falta por la observación del esposo legítimo,
también él ahora estaba en la mira de la Justicia al no
cumplir con su deber de padre proveedor. Sin embargo, aunque
el esposo no la acusaba de adulterio y sólo reclamaba al hijo,
la sombra de sospechas sobre la vida inadecuada de la madre
fue suficiente para que las autoridades tomaran la
determinación de hacerle perder su derecho sobre el hijo en
cuestión, entregándoselo al Sr. Sapere.
Lo cierto es que la estrategia de Francisca de desacreditar al
marido en su propia defensa, al culparlo de no cumplir con su
deber de padre, no fue tan efectiva como para contrarrestar la
condena que las leyes y la sociedad hacían sobre la mujer que
no sólo vivía con otro hombre sino que lo hacía habiendo
abandonado a su legítimo esposo y llevándose un hijo con ella,
afectando así doblemente el honor y los derechos de propiedad
del hombre.
Tampoco fue favorable a la madre la resolución del juez de
Menores de Tandil, que debió actuar tras la denuncia de don
Pedro Silacci, quien se presentó en julio de 1899 y expuso que
“[…] ha bastante tiempo ha notado frialdad de parte de su
esposa naciendo en él la sospecha de la infidelidad de su
cónyuge. […] Y que en virtud y teniendo la mujer a su lado dos
hijos menores de cinco y siete años, pide al señor Juez se
sirva quitárselos”.
Tal fue la decisión del juez ya que en su opinión, de la
exposición de las partes, “[…] resulta plenamente comprobado
que la muger (sic) Ángela Silacci ha faltado a los deberes
conyugales, perdiendo la patria potestad de acuerdo con los
artículos 307 y 309 del código civil”.
Similar suerte corrieron los hijos de Felipa Acosta,
denunciada por su marido en febrero de 1900 ante el defensor
de menores de Tandil, por ejercer la prostitución en Vela, por
lo que él pidió que le sacaran dos hijos menores del
matrimonio, Rafael y Martín, de tres y dos años,
respectivamente. Tras la declaración de Felipa, resolvió
entregar sus dos hijos a don José De Panzo.
Pero tal vez el caso más representativo de los deberes y
derechos de los padres y de la lucha en torno a la obtención
de la guarda de los hijos, sea el litigio entre Lucía Huertas
y Ciríaco Verón, entablado por éste último, en virtud de
querer recuperar a un hijo de ambos, también llamado Ciríaco
Verón. Por esta causa, el 21 de abril de 1899 se presentaron
ambos a declarar a la Defensoría, al ser citados previamente.
El padre pedía que el hijo le fuera sacado a la madre, porque
ésta llevaba una mala vida. Lucía, tal vez porque fuera verdad
o tal vez por estrategia, contestó que no eran ciertas las
acusaciones. Como Verón no presentó pruebas sobre la supuesta
conducta indebida de la madre y ésta negó tales acusaciones,
la Defensoría no hizo lugar a su reclamo. No contento con
esto, el padre recurrió a la Defensoría General de La Plata,
planteando su caso en más de una oportunidad, reiterando sus
acusaciones. No obstante esto, y sin conocer la resolución
final, cabe hacer hincapié en las primeras decisiones del
juez, al no poder probarse fehacientemente nada sobre la
conducta licenciosa de la madre, piedra angular de todo el
proceso. Tal como plantea Judith Farberman en relación a otro
tiempo y espacio, lo que levanta la sospecha del vecindario
(que apoya las intenciones de Verón en nuestro caso), es la
excesiva libertad de algunas mujeres (como la que demostró
tener Lucía Huertas para tomar sus decisiones), y su papel
múltiple de jefa de familia y sostén económico.
Si la “mala fama” no se comprobaba, la protección de la madre
y los hijos eran la prioridad de la ley. Si tal “mala fama”
además no existe, mas rápida será la decisión a favor de la
madre, como le sucedió a Fortunata Villalaba, quien se
presentó ante la Defensoría de Tandil en enero de 1879 para
reclamar la intervención frente al defensor de Rauch, lugar
donde una hija menor de la mujer, Vicenta, se encontraba
depositada. Para la ley, la razón estaba de parte de la
madre y si la sombra de la inmoralidad no la rondaba, nada
debía impedir que los menores estuvieran con ésta.
Conclusiones
Durante el siglo XIX y principios del XX se
asistió a un progresivo avance de la mujer en varios campos.
Si bien en materia legal las mujeres siguieron estando
subordinadas a los hombres, pudieron trascender el espacio
doméstico y posicionarse en la arena pública. La mujer obrera,
maestra, escritora o dama de beneficencia, discutía los roles
considerados naturales que debían ejercer hombres y mujeres en
la sociedad y por ende se ponían en juego las jerarquías que
el modelo económico, político y social pretendía reforzar.
En este contexto asistimos a una profusión discursiva que
apuntaba a generar una maternidad responsable y, sobre todo,
a ajustar a la mujer al seno del hogar, lugar que
tradicionalmente se le había asignado, naturalizando de esta
manera construcciones sociales basadas en las diferencias
biológicas.
Lo que hemos intentado resaltar en este trabajo
es que esos discursos que apuntaban a rescatar la importancia
de la mujer virtuosa se referían a ésta en tanto madre, así
como a su comportamiento en sociedad, y esto incluía a sus
maneras y a su vestimenta. Tenían además como fin último la
resignificación, en el marco de la construcción de la
estatalidad, de los estereotipos sobre la mujer que tenían un
viejo arraigo en el colectivo social y en sus prácticas.
Si bien sabemos que la influencia de estas
campañas moralistas de la prensa y de los médicos higienistas
pudo haber sido de gran importancia, la medida en que
efectivamente estos discursos moldearon las prácticas es un
tanto más difícil de afirmar. Ello se desdibuja aún más en el
caso de las clases populares, a las que la prensa y los
manuales hogareños probablemente no llegaban. No obstante, lo
cierto es que impregnaron las prácticas y el imaginario
colectivo.
El discurso de la Justicia, entendido como una
construcción social, tampoco quedó al margen, ya que
transmitió esos estereotipos en sus resoluciones y ayudó en su
construcción. Si bien lo normativo es más o menos objetivo, el
discurso de los jueces está fuertemente mediatizado por las
construcciones sociales de la época.
Y es en materia de familia donde tal vez los estereotipos
sobre la mujer se observan con más claridad. Aunque los
reclamos de las mujeres en muchas oportunidades se escuchaban
y se tomaban decisiones que las favorecían, por sobre la
intención de protección de esta Justicia paternalista,
observamos omnipresente la idea de preservar el orden social
como objetivo último, sobre todo en el universo de los pueblos
de campaña, donde tal como se ha constatado para otros
espacios, las formas de la familia distaban bastante del ideal
patriarcal y monogámico que se intentaba imponer.
Analizar de qué manera las mujeres han
discutido o negociado las construcciones de género es un paso
fundamental a seguir indagando, para no perder de vista la
capacidad de agencia de los sujetos sociales a lo largo de la
historia.
Bibliografía
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Adriana. “El reinado y el control de la endemias en la ciudad
de Buenos Aires de fines del siglo XIX y principios del XX”.
En Álvarez, Adriana, Molinari, Inés y Reynoso Daniel (Eds.),
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Argentina de los siglos XIX-XX.
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Universidad Nacional de Mar del Plata, 2004.
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Fernanda Gil Lozano, Valeria Pita y María Gabriela Ini (Dirs.),
Historia de las mujeres en
la
Argentina.
Buenos Aires: Taurus, 2000.
De Paz Trueba,
Yolanda.
“Beneficencia,
prensa y educación: tres caminos hacia la inclusión de la
mujer en la esfera pública. Tandil, fines del siglo XIX y
principios del XX”. Revista Avances del Cesor Nº
5, Año V, (2005).
De Paz Trueba,
Yolanda.
“Beneficencia, control
social y disputas de las mujeres en el espacio público del sur
bonaerense a fines del siglo XIX y principios del XX”.
Revista
Temas de Historia Argentina y Americana
Nº 9 (julio-diciembre de 2006).
Masiello, Francine. “Género, vestido y mercado:
el comercio de la ciudadanía en América Latina”. En Daniel
Balderston y Donna Guy (Comps.), Sexo y sexualidades en
América Latina. Buenos Aires: Paidos, 1998.
Pitt- Rivers,
Julián. “La enfermedad del honor”.Anuario IEHS Nº 14
(1999).
Francine Masiello, “Género, vestido y mercado: el comercio
de la ciudadanía en América Latina”, en Daniel Balderston
y Donna Guy (Comps.), Sexo y sexualidades en América
Latina, (Buenos Aires:Paidos, 1998), 317-318.
En otro trabajo hemos analizado cómo se perseguía el mismo
objetivo a través de la acción del discurso de la prensa
como elemento de control pero destinado especialmente a la
mujer en tanto madre. Yolanda de Paz Trueba, “Mujeres: del
espacio doméstico a la esfera pública. El largo camino
hacia la inclusión” (Tesis de licenciatura, UNCPBA, 2005.
Sobre temas similares se reflexiona también
en Yolanda de Paz Trueba, “Beneficencia,
prensa y educación: tres caminos hacia la inclusión de la
mujer en la esfera pública. Tandil, fines del siglo XIX y
principios del XX”, Revista Avances del Cesor, núm.
5 Año V (2005) y
en Yolanda de Paz Trueba, “Beneficencia,
control social y disputas de las mujeres en el espacio
público del sur bonaerense a fines del siglo XIX y
principios del XX”
Revista
Temas de Historia Argentina y Americana
Nº 9 (julio-diciembre, 2006).
En otro trabajo hemos planteado que la defensa del honor
no era privativo de las clases acomodadas, sino que, por
el contrario, solía ser muy valioso desde la óptica de los
sectores populares, ya que muchas veces ese honor era su
único capital. Al respecto ver Gisella Sedeillan y Yolanda
de Paz Trueba, “Las
mujeres ante los estrados de la justicia. Agresiones
sexuales en la campaña centro sur bonaerense a fines del
siglo XIX” en Actas de IV Jornadas Nacionales Espacio,
Memoria e Identidad, (Rosario: octubre de 2006), en
prensa.
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